Policiales y Judiciales
Corrupcion judicial

Revocan rechazo de amparo en La Matanza y podrían destituir a los tres autores de la maniobra condenable

La denunciante firmando en la Oficina de Yuri.
La denunciante firmando en la Oficina de Yuri.

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza revocó una sentencia que rechazaba sin análisis un amparo ambiental presentado por una familia que denuncia afectación a la salud de una niña por la cercanía a la fábrica Parex Klaukol.

En una decisión trascendente, la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza revocó la sentencia dictada por el Tribunal del Trabajo N.º 1, que había rechazado in limine (sin tratamiento del fondo) una acción de amparo presentada por la familia de una menor afectada por crisis asmáticas severas, que atribuyen a la contaminación ambiental generada por la empresa Parex Klaukol S.A.

La causa, caratulada “Mendoza Andrés Nicolás y otros c/ Parex Klaukol S.A. s/ Amparo” (expediente LM-11104-2025), fue decidida en acuerdo ordinario por los jueces José Nicolás Taraborrelli, Ramón Domingo Posca y Héctor Roberto Pérez Catella, con la intervención de la Auxiliar Letrada de Cámara Luciana De Vito.

Los jueces resolvieron por unanimidad que el rechazo anticipado de la demanda por parte del tribunal de primera instancia resultó “prematuro” y carente del análisis necesario para causas que involucran derechos fundamentales como el acceso a la salud y a un ambiente sano.

La sentencia de primera instancia había considerado que la pretensión de los actores excedía el marco del proceso de amparo por requerir un “profundo debate probatorio”, lo que, según el fallo revocado, impidió abordar adecuadamente la urgencia del caso.

La familia demandante denunció que la niña sufre graves episodios de asma con hipoxemia, con riesgo de desenlace fatal, producto de la exposición constante a emisiones contaminantes de la empresa demandada.

Aportaron informes técnicos de organismos como el OPDS, ACUMAR y de una causa penal en trámite ante el Juzgado Federal N.° 3 de Morón, que vinculan la actividad de Parex Klaukol con la contaminación ambiental de la zona.

En su voto, el juez Taraborrelli sostuvo que “la complejidad de la situación no justifica el rechazo liminar”, y que debe prevalecer el análisis del fondo ante la alegada vulneración de derechos constitucionales. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece que el amparo no puede ser rechazado por formalidades cuando están en juego derechos fundamentales, particularmente en cuestiones de salud.

En consecuencia, la Cámara resolvió:

  1. Revocar la sentencia del 9 de abril de 2025.

  2. Remitir la causa a la Receptoría General de Expedientes para el sorteo de un nuevo juzgado de primera instancia, dado que el Tribunal del Trabajo N.º 1 incurrió en prejuzgamiento.

  3. Encomendar al nuevo juzgado que intime a la parte actora a subsanar defectos del escrito de demanda y notifique la interposición del amparo a los organismos administrativos pertinentes.

La decisión representa un respaldo al principio de tutela judicial efectiva y al rol del amparo como herramienta rápida para la protección de derechos esenciales.

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