La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió revocar el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que permitía a Cristina Fernández de Kirchner votar en las elecciones legislativas de octubre, a pesar de su condena en la causa Vialidad.
El fiscal nacional electoral, Ramiro González, había solicitado previamente que se la excluya del padrón electoral, argumentando que corresponde al Congreso regular una normativa específica para el caso de exfuncionarios condenados que se encuentren inhabilitados para ejercer cargos públicos.
EXCLUYEN A CRISTINA DEL PADRÓN Y NO PODRÁ VOTAR
— Clarín (@clarincom) September 15, 2025
La Cámara Nacional Electoral la eliminó del padrón por su condena en la causa Vialidad, que incluye inhabilitación perpetua. No podrá votar el 26 de octubre.
Revocaron un fallo de la justicia electoral de Santa Cruz que la… pic.twitter.com/jDy9yFLLO7
En su resolución, la cámara dejó sin efecto la inclusión de Cristina en el padrón con el motivo de que pueda votar, y ordenó la aplicación de la inhabilitación electoral que sostenía el Ministerio Público Fiscal desde el inicio de la causa. La decisión fue firmada por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via.
La CNE sostuvo que la jueza Borruto no había tenido en cuenta varios de los requisitos que se vienen aplicando luego del caso “Orazi”, entre ellos, que el derecho al voto sea jurídicamente y fácticamente viable, la naturaleza del delito y las circunstancias procesales.
Además, resaltó que el fallo de primera instancia se dictó de oficio, algo que, según los camaristas, contraría lo que exige la jurisprudencia para estos casos.
A partir de esta resolución, el padrón definitivo para las elecciones de octubre se publicará sin el nombre de Cristina Fernández de Kirchner, lo que marcaría la primera vez desde el retorno de la democracia que su nombre no figura para votar.